lunes, 2 de agosto de 2021

Memorial, subsanación de previo

                                                            Juicio ordinario laboral número 01173-2017-_ _ _ _ _, oficial 1°.

JUZGADO SEGUNDO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL PARA LA ADMISIÓN DE DEMANDAS DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.

______________________________, de datos conocidos dentro del proceso arriba identificado,  respetuosamente comparezco ante usted y,

EXPONGO:

I. Fui notificado el día veintiséis de febrero del año dos mil dieciocho de la resolución de fecha veintiuno de diciembre del año dos mil diecisiete mediante la cual se ordena en el apartado III) lo siguiente: “En el presente caso la parte actora deberá cumplir con lo siguiente: a) Deberá ofrecer y solicitar el medio de prueba de confesión judicial de conformidad con la naturaleza judicial de la entidad que demanda, en virtud que se solicita que se declare confeso al representante legal de la entidad demandada y él no es parte dentro del presente proceso, aunado al hecho que la entidad demandada puede delegar su representación en otra persona; b) Solicitar el medio de prueba de confesión judicial de la parte demandada, en las peticiones, en virtud de que la ofrece pero no la solicita…”

II. Para dar cumplimiento a la literal a) del apartado III) de la citada resolución del Honorable Juzgador, ofrezco la prueba de CONFESIÓN JUDICIAL en los siguientes términos: CONFESIÓN JUDICIAL: Que en la primera audiencia que para el efecto se señale deberá prestar la entidad __________________   , SOCIEDAD ANÓNIMA, a través de su representante legal y no por medio de apoderado en base al pliego de posiciones que en su momento presentaré, bajo apercibimiento de ser declarada confesa en su rebeldía y sobre los extremos de la demanda, si dejare de comparecer.

III. Para dar cumplimiento a la literal b) del apartado III) de la citada resolución del Honorable Juzgador, PIDO que se conmine a la entidad demandada para que comparezca a la primera audiencia que el juzgado señale, a prestar confesión judicial a través de su representante legal y no por medio de apoderado, bajo apercibimiento de ser declarada confesa sobre el pliego de posiciones y sobre los extremos de esta demanda, en caso de que dejare de comparecer,

FUNDAMENTO DE DERECHO

Derecho de petición. Los habitantes de la República de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual o colectivamente, peticiones a la autoridad, la que está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley.

PRUEBAS

Documentos. Resolución de fecha veintiuno de diciembre del año dos mil diecisiete, la cual obra en autos.

PRESUNCIONES legales y humanas que de lo actuado en el proceso y del conocimiento del juzgador se deriven,

En base a lo observado y a las pruebas ofrecidas, al Señor Juez le formulo las siguientes:

PETICIONES:

Además de las peticiones solicitadas en el memorial de demanda respectivo, PIDO:

I. Que se admita para su trámite el presente memorial y se incorpore al expediente respectivo,

II. Que se tenga por subsanado lo ordenado en la resolución de fecha veintiuno de diciembre del año dos mil diecisiete y se continué con el tramité del proceso,

III. Que se tengan por ofrecidos y solicitados todos los demás medios de prueba que se señalan en el memorial de demanda,

CITA DE LEYES: fundo mi petición en los artículos ya citados y en los siguientes: 28, 102 al 106 de la Constitución Política de la República; 82, del 321 al 364 del Código de Trabajo.

Acompaño original y tres copias del presente memorial

Guatemala, uno de marzo de dos mil dieciocho.

A RUEGO DE LA PRESENTADA QUIEN DE MOMENTO NO PUEDE FIRMAR Y EN SU AUXILIO, DIRECCIÓN Y PROCURACIÓN

 

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