jueves, 2 de septiembre de 2021

Demanda Vía de Apremio

 

Ejecución Vía de Apremio

Referencia: divorcio voluntario No. 01197-2017-_____ Of. 3°.

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA DEL MUNICIPIO Y DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.

__________________________________________, de cuarenta y tres años de edad, casada, guatemalteca, ama de casa, con domicilio en el departamento de Guatemala, actúo con la dirección del Abogado que me auxilia y la Procuración de _______________________, señalo como lugar para recibir citaciones y notificaciones la sexta avenida cero guión sesenta (Oficina seiscientos once Torre Profesional II) de la zona cuatro del municipio y departamento de Guatemala, ante usted comparezco a interponer EJECUCION EN LA VIA DE APREMIO en contra de _____________________________________, quien puede ser notificado en su lugar de residencia en la ______________________________ zona cinco “Colonia Saravia” del municipio y departamento de Guatemala, de conformidad con la siguiente:

RELACIÓN DE HECHOS:

I. DEL TITULO EJECUTIVO QUE CONTIENE LA OBLIGACION DE PAGAR CANTIDAD DE DINERO, LIQUIDA Y EXIGIBLE: Certificación de la sentencia de diligencias voluntarias de divorcio por mutuo consentimiento de fecha cuatro de octubre de dos mil diecisiete. En dicho título ejecutivo el ejecutado se obligó según consta en la parte resolutiva numeral romano IV a lo siguiente: “El señor __________________________________, se compromete a pagar en concepto de pensión alimenticia la cantidad de CUATRO MIL QUETZALES EXACTOS (Q4,000.00), en forma mensual sin necesidad de cobro o requerimiento alguno… dicha pensión será depositada en la forma convenida (los primeros cinco días de cada mes)”

II. DEL INCUMPLIMIENTO: El ejecutado ha incumplido con el convenio contenido en la sentencia de divorcio, puesto que desde el mes de febrero del presente año no ha cumplido a cabalidad con su obligación. En los meses de febrero, marzo, abril y mayo solo depositó dos mil quetzales en cada uno de los meses, en el mes de junio pagó tres mil quetzales, en el mes de julio y agosto no realizó ningún pago, por lo que a la fecha debe en total DIECISIETE MIL QUETZALES EXACTOS, correspondientes a los dos mil quetzales de cada uno de los meses de febrero, marzo, abril y mayo, mil quetzales del mes de junio, los cuatro mil de julio y los cuatro mil del mes de agosto.

III. PROCEDENCIA DE LA EJECUCION: En virtud de que el ejecutado ha incumplido su obligación de pago en los términos y condiciones pactadas, por el presente acto procesal y tomando en cuenta que me encuentro sufriendo fuertes quebrantos de salud, doy por vencido los plazos de la obligación contenida en el título ya mencionado; y exijo del ejecutado el pago de la suma de total DIECISIETE MIL QUETZALES EXACTOS (Q17,000.00) mas costas procesales, existiendo para el efecto título ejecutivo.

FUNDAMENTO DE DERECHO:

Constitución Política de la República de Guatemala: El Artículo 47 establece: “El estado garantiza la protección social, económica, jurídica de la familia…”  Artículo 55: “Obligación de proporcionar alimentos. Es punible la negativa a proporcionar alimentos en la forma que la ley prescribe.”

Código Procesal Civil y Mercantil: “Artículo 294. Procedencia de la ejecución en la vía de apremio. Procede la ejecución en la vía de apremio cuando se pida en virtud de los siguientes títulos, siempre que traigan aparejada la obligación de pagar cantidad de dinero, líquida y exigible: 1°. Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada…” Artículo 295. Ejecución de sentencias. La petición de ejecución de sentencia o de laudos arbitrales puede hacerse en el mismo expediente o mediante presentación de certificación del fallo, a elección del ejecutante…” artículo 297. Mandamiento de ejecución. Promovida la vía de apremio, el juez calificará el título en que se funde, despachará mandamiento de ejecución, ordenando el requerimiento del obligado y el embargo de bienes, en su caso.”

MEDIOS DE PRUEBA:

A. DOCUMENTOS:

I. Título ejecutivo contenido en certificación de sentencia de divorcio voluntario, de fecha once de julio de dos mil diecinueve,

II. Reconocimiento de documentos. De los documentos que en la audiencia respectiva le serán puestos a la vista al ejecutado, bajo los apercibimientos legales correspondientes,

III. Copia de mi documento personal de identificación,

B. DECLARACION DE PARTE: Que deberá prestar personalmente el ejecutado y no por medio de apoderado en la audiencia que para el efecto se señale, conforme el pliego de posiciones que acompañaré, bajo apercibimiento que de no comparecer se le declarara confeso,

C. RECONOCIMIENTO JUDICIAL: Qué deberá realizar el Juez sobre los bienes, lugares y cosas que sirvan para probar mi pretensión,

D. Presunciones legales y humanas que de los hechos probados se deduzcan.

PETICIONES:

I. Que con el presente memorial y documentos adjuntos se inicie la formación del expediente respectivo; 

II. Que se admita para su trámite, la presente demanda en la vía de apremio; 

III. Que se tenga por conferida la dirección al Abogado que me auxilia y la procuración a la persona propuesta; 

IV. Que se tenga como lugar para recibir citaciones y notificaciones el señalado; V. Que se tengan por ofrecidos los medios de prueba relacionados y presentados los documentos individualizados; 

VI. Que calificado el título respectivo que se acompaña, se libre mandamiento de ejecución, requiriendo el pago de la deuda al ejecutado, por la cantidad de DIECISIETE MIL QUETZALES EXACTOS; y si al momento del requerimiento no hace efectiva dicha suma, se ordene el embargo de bienes suficientes propiedad del ejecutado que el Ministro ejecutor tenga a la vista y que fueren afectadas lícitamente con dicha medida, nombrándose para el efecto depositario de reconocida honradez y arraigo; y además se decreten las medidas precautorias siguientes: a) Embargo de cuentas bancarias de depósito, de ahorro y a plazos que el ejecutado posea en las diferentes instituciones bancarias, nombrando como depositarios a los gerentes de las respectivas entidades; b) Que se decrete la medida precautoria de arraigo del ejecutado, _______________________ de cuarenta y siete años de edad, casado, guatemalteco, comerciante, vecino del municipio de Guatemala, de sexo masculino, quien nació el veintisiete de enero de mil novecientos setenta y dos en el municipio y departamento de Guatemala, quien se identifica con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación _______________________________, extendido por el Registro Nacional de las Personas del municipio y departamento de Guatemala, 

VII. Que se libren los oficios respectivos. 

VIII. Que una vez declarada con lugar la presente demanda en la vía de apremio, en su momento procesal oportuno se ordene hacer trance y pago o trance y remate según el caso con los bienes embargados y pago por el capital demandado que asciende a la cantidad de DIECISIETE MIL QUETZALES EXACTOS, así como el diez por ciento de costas procesales. IX) Que se certifique lo conducente al Ministerio Público por el delito de negación de asistencia económica, en caso de incumplimiento de pago.

CITA DE LEYES: Artículos citados y 12, 28 del 47 al 56 de la Constitución Política de la República de Guatemala; del 278 al 292 del Código Civil; 29, 44, 45, 50, 51, 61, 62, 63, 66, 67, 71, 79, 106, 107, 108, 109, 111, 112, 113, 126, 128, 128, 131, 131, 136, 177, 178, 186, 194, 195, 297, 298, 301, 305, 327 al 332, 523 al 527, 572, y 573 del Código Procesal Civil y Mercantil; del 141 al 142 bis y del 171 al 176 del Organismo Judicial.

Acompaño tres copias del presente memorial y documentos adjuntos.

En el municipio y departamento de Guatemala, el veintisiete de agosto de dos mil diecinueve.

A RUEGO DE LA PRESENTADA, QUIEN DE MOMENTO NO PUEDE FIRMAR, FIRMA EL ABOGADO  AUXILIANTE

 

 

Demanda Juicio Ejecutivo

 

JUICIO EJECUTIVO NUEVO No.___________

SEÑOR JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA DEL MUNICIPIO DE GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.

______________________________, de treinta y tres años de edad, casada, auxiliar de enfermería, guatemalteca, de éste domicilio, atenta y respetuosamente comparezco ante usted y al efecto:

EXPONGO:

I. Actúo en mi calidad de madre y en ejercicio de la patria potestad de mis menores hijos ______________________________________________, extremo que acredito con las Certificaciones de las Partidas de Nacimiento extendidas por el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas –RENAP-, las cuales individualizare en el apartado probatorio.

II. Asimismo actúo bajo la dirección y procuración de los Abogados __________________, quienes podrán actuar de forma conjunta, separada e indistintamente.

III. Señalo como lugar para recibir citaciones y/o notificaciones el casillero electrónico SC cero cero cero catorce mil trescientos cuarenta y dos (SC00014342)

IV. Comparezco con el objeto de promover JUICIO EJECUTIVO, en contra del señor _________________________________, de quien ignoro su residencia, pero puede ser notificado __________________________________ Tierra Nueva dos, municipio de Chinautla, departamento de Guatemala, con base a los siguientes;

 

HECHOS:

I) Con el demandado el señor ________________________, tenemos dos hijos menores de edad, de nombres: a) _______________________________ quien nació el día ocho de agosto del año dos mil nueve en el Municipio de Guatemala Departamento de Guatemala circunstancia que acredito con la certificación de la partida de nacimiento con número de documento de identificación Código Único de Identificación  ____________________________________, del Registro Civil del Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala. Y; b) ___________________________ quien nació el día quince de febrero del año dos mil once en el Municipio Guatemala, departamento de Guatemala, circunstancia que acredito con la certificación de la partida de nacimiento con número de documento de identificación Código Único de Identificación  __________________________________, del Registro Civil del Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, las cuales individualizare en el apartado probatorio y se adjuntan en original a esta demanda.

II) El día quince de febrero del año dos mil doce celebramos Convenio Voluntario Identificado en el número _____________________________ ante la Infrascrita Juez Primero de Primera Instancia de Familia Abogada ELIA MARIA DEL CARMEN BERDUO SAMAYOA,  Secretaria Licenciado LUDWIN JULIO CESAR ARRIAGA PADILLA y Oficial Conciliador JORGE ISAAC MORALES MAZARIEGOS, en la cual el demandado ________________________________, se comprometió a proporcionar en concepto de pensión alimenticia la cantidad de UN MIL SEISCIENTOS QUETZALES (Q1,600.00) por los dos menores hijos, en forma mensual, anticipada y sin necesidad de cobro y requerimiento alguno, además se comprometió a cubrir los gastos de educación y salud en un cincuenta por ciento, iniciando en el mes de marzo del año dos mil doce, cantidad que el señor ____________________________ debería de depositar en una cuenta monetaria del Banco de Desarrollo Rural a nombre de la señora ________________________.

III) Es el caso señor Juez, que el deudor (ahora ejecutado), _________________________ no ha cumplido con la obligación de pagar la pensión alimenticia fijada de mutuo acuerdo en el Convenio, desde el mes marzo del año dos mil doce, por lo que a la presente fecha, me adeuda la cantidad de CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS QUETZALES (Q 169,600.00),  monto que corresponde a las pensiones alimenticias comprendidos en los siguientes periodos: del año dos mil doce (2012), los meses de marzo al mes de diciembre, que hacen una cantidad de DIECISEIS  MIL QUETZALES (Q 16,000.00); del año dos mil trece (2013), del mes de  enero al mes de  diciembre, la cantidad de DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q 19,200.00); del año dos mil catorce (2014), del mes de  enero al mes de  diciembre, la cantidad de DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q 19,200.00); del año dos mil quince (2015), del mes  de enero al mes de diciembre la cantidad de DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q 19,200.00); del año dos mil dieciséis (2016),  del mes de enero al mes de diciembre la cantidad de DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q 19,200.00); del año dos mil diecisiete (2017),  del mes de enero al mes de diciembre la cantidad de DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q 19,200.00); del año dos mil dieciocho (2018),  del mes de enero al mes de diciembre la cantidad de DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q 19,200.00); del año dos mil diecinueve (2019),  del mes de enero al mes de diciembre la cantidad de DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q 19,200.00); del año dos mil veinte (2020),  del mes de enero al mes de diciembre la cantidad de DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q 19,200.00); haciendo un total de CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS QUETZALES (Q 169,600.00).

IV) Consecuentemente, promuevo el presente JUICIO EJECUTIVO en contra del deudor (ahora ejecutado) el señor _________________________________, para lograr el pago de CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS QUETZALES (Q 169,600.00), en concepto de pensiones alimenticias atrasadas, correspondientes al período comprendido del cinco de marzo del año dos mil doce al cinco de diciembre del año dos mil veinte.

FUNDAMENTO DE DERECHO:

Código Procesal Civil y Mercantil: El artículo 45. Dispone: Los Representantes deberán justificar su personería   en la primera   gestión que realicen, acompañando el título de su representación. El artículo 329 del mismo cuerpo legal establece: “Promovido el juicio ejecutivo, el juez calificará el título en que se funde y si lo considerase suficiente y la cantidad que se reclama fuese líquida y exigible, despachará al obligado y el embargo de bienes, si éste fuere procedente; y dará audiencia por cinco días al ejecutado, para que se oponga o haga valer sus excepciones. Artículo 327. Procedencia del juicio ejecutivo. “Procede el juicio ejecutivo cuando se promueve en virtud de alguno de los siguientes títulos:...7°. Toda clase de documentos que por disposiciones especiales tengan fuerza ejecutiva.”

Artículo 66 Ley del Organismo Judicial. “Los jueces tienen facultad:…e) Para procurar de oficio o a petición de parte, dentro del proceso o antes de que se inicie el mismo, el avenimiento de las partes, proponiéndoles fórmulas ecuánimes de conciliación. Lo anterior es sin perjuicio de las funciones que correspondan a los centros de mediación creados o reconocidos por la Corte Suprema de Justicia. En ningún caso, lo actuado por los jueces en su función conciliadora constituirá impedimento o causal de excusa. En lo penal se estará a lo que dispongan las leyes de la materia. En todo caso, las actas de conciliación levantadas ante un juez, constituirán título ejecutivo para las partes signatarias, en lo que a cada quien le corresponda. "

MEDIOS DE PRUEBA Y TITULO EJECUTIVO:

DOCUMENTOS:

1.     CERTIFICACIÓN DEL CONVENIO VOLUNTARIO de fecha quince de febrero del año dos mil doce, aprobado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Familia del Municipio y Departamento de Guatemala, identificado como CONVENIO VOLUNTARIO número quince guion dos mil doce a cargo del oficial cuarto (15-2012. Of. 4to.) extendido el veintitrés de septiembre de dos mil veinte.

2.     Certificación de Nacimiento de ____________________________________ partida de nacimiento con número de documento de identificación Código Único de Identificación _________________, del Registro Civil de las personas del Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, extendida el ocho de diciembre del año dos mil veinte, por el Registrador Civil de las Personas, del Registro Nacional de las Personas –RENAP-, con la que acredito fehacientemente la representación de madre en ejercicio de la patria potestad que ostento.

3.     Certificación de Nacimiento de ___________________________, de la partida de nacimiento con número de documento de identificación Código Único de Identificación  ____________________, del Registro Civil de las personas del Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala,  extendida el ocho de diciembre del año dos mil veinte, por el Registrador Civil de las Personas, del Registro Nacional de las Personas –RENAP-, con la que acredito fehacientemente la representación de madre en ejercicio de la patria potestad que ostento.

4.     Copia de mi documento personal de identificación, extendido por el Registro Nacional de las Personas.

PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS: Que de los hechos probados se desprendan.

En virtud de lo expuesto, formulo las siguientes:

PETICIONES:

DE TRAMITE:

I). Que se tenga por presentado este escrito y se proceda a la formación del expediente respectivo;

II) Que se admita para su trámite el PROCESO EJECUTIVO planteado por la presentada en contra del señor ______________________________, en mi calidad de madre en el ejercicio de la patria potestad de mis menores hijos ___________________________________, extremo que acredité fehacientemente en el apartado probatorio.

III) Que se tenga como mis abogados Directores y Procuradores a los propuestos y como lugar para recibir notificaciones, el casillero electrónico indicado,

IV) Que se notifique al demandado, señor ____________________________ en ____________________________________, municipio de Chinautla, departamento de Guatemala, bajo apercibimiento de que si no señala lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro legal, las subsiguientes se le efectuarán   por los estrados del Tribunal.

V) Que se tengan por ofrecidos los medios de prueba individualizados en el apartado probatorio y por acompañados los documentos a esta demanda.

VI) Que el señor juez se sirva calificar el título en que fundo mi Demanda, y si lo considera suficiente, despache mandamiento de ejecución, ordenando el requerimiento por la suma de CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS QUETZALES (Q 169,600.00) al ejecutado, señor __________________, en concepto de pensiones alimenticias atrasadas que corresponden al período comprendido del cinco de marzo del año dos mil doce al cinco de diciembre del año dos mil veinte.

VII) Que se corra audiencia al Ejecutado, señor _________________________________, por el término que fija la ley, requiriéndosele de pago por la cantidad de CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS QUETZALES (Q 169,600.00), más costas procesales, para que se oponga o haga valer sus excepciones, apercibiéndolo a que si no compareciere a deducir oposición o a interponer excepciones dentro del término legal el juez dictará sentencia de remate declarando con lugar la ejecución.

VIII) Que con fundamento en el artículo quinientos treinta y dos del CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL, previo al acto de notificación y requerimiento de pago, se decreten en forma PRECAUTORIA las medidas siguientes:

a) EMBARGO: Se decrete el embargo precautorio de las cuentas bancarias de ahorro, monetarias y a plazos que posea el señor _______________________________- en los bancos del sistema nacional, nombrando para el efecto a los Gerentes de dichas instituciones bancarias, depositarios de las sumas embargadas, librando para el efecto los oficios respectivos. b) ARRAIGO: Del demandado: ______________________________, quien es de los siguientes datos de identificación personal: treinta y dos años de edad quien nació el diez de agosto de mil novecientos ochenta y ocho; casado; Guatemalteco; auxiliar de enfermería; con domicilio en el Departamento de Guatemala, vecindad: municipio de Chinautla, de sexo masculino, se identifica con DOCUMENTO PERSONAL DE IDENTIFICACIÓN CON CÓDIGO ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN: _______________________, librándose para el efecto el oficio respectivo al Instituto General de Migración.

IX. Que se obligue al demandado a GARANTIZAR las pensiones alimenticias futuras, en forma que corresponda.

DE FONDO: a) Que se declare con lugar la presente demanda ejecutiva promovida en contra de ______________________________, b) Que en consecuencia de lo anterior se declare con lugar la presente ejecución y se ordene hacer trance y pago o trance y remate según el caso con los bienes embargados, por el capital demandado que asciende a la cantidad de CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS QUETZALES (Q 169,600.00), así como el diez por ciento de costas procesales; BAJO APERCIBIMIENTO de que si no hace efectiva la suma reclamada, se certificará lo conducente a la Fiscalía del Ministerio Público de esta Ciudad, para que se inicie el proceso penal respectivo por el delito de Negación de Asistencia Económica, al tenor de lo que establece el artículo doscientos cuarenta y dos (242) del Código Penal. c) Que se condene al ejecutado al pago de costas procesales y d) Que se hagan las demás declaraciones que en derecho corresponda.

CITA DE LEYES:  Fundamento mi petición en las leyes citadas y en los artículos: 44, 45, 50, 61, 62, 63, 66, 67, 71, 79, 106, 107, 177, 178, 186, 194, 195, 294 numeral 1°., 296, 297, 298, 299, 301, 305,307, 527, 572, 573, 575, 580, del Decreto Ley 107 del Jefe de Gobierno, Código Procesal Civil y Mercantil; 112, 278, 283, 292, del Decreto Ley 106 del Jefe de Gobierno, Código Civil; Artículos 1 al 20 del Decreto Ley 206, Ley de Tribunales de Familia; Artículos 140 al 146 del Decreto 2-89 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Judicial.

COPIAS: ACOMPAÑO TRES COPIAS DEL PRESENTE MEMORIAL Y DE LOS DOCUMENTOS ADJUNTOS.

Guatemala, ocho de diciembre del año dos mil veinte.

 

 

 

F. ______________________________________

EN SU AUXILIO, DIRECCIÓN Y PROCURACIÓN,

jueves, 19 de agosto de 2021

Notificación de Resolución, Sucesorio

 

NOTIFICACIÓN: En la ciudad de Guatemala el veintidós de junio de dos mil dieciocho. En mi Oficina Profesional ubicada en la sexta avenida cero guion sesenta, Gran Centro Comercial de a  de la zona cuatro, Torre Profesional II Oficina seiscientos once de esta ciudad, siendo las once horas con tres minutos, por copia que entregué, notifiqué al señor ________________________, la resolución que antecede, y quien enterado firmo. DOY FE

 

 

F. _____________________________

ANTE MI

Firma y sello del Notario

Primera Resolución, Sucesorio


PRIMERA RESOLUCIÓN

OFICINA PROFESIONAL DEL NOTARIO: ________________________, sexta avenida cero guion sesenta zona cuatro, Torre II, oficina seiscientos once, Gran Centro Comercial Zona Cuatro de esta ciudad.                                                                      

Guatemala veintidós de junio de dos mil dieciocho.---------------------------------------

I). Se tiene por radicado el proceso sucesorio intestado extrajudicial de la señora: ___________________________.  II). Agréguese al expediente los documentos presentados. III). Para la junta de herederos o interesados se señala la misma el día siete de septiembre del dos mil dieciocho a las diecisiete horas, la cual deberá llevarse a cabo en esta oficina. IV). Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que tengan interés. V). Pídase los informes a los registros de la propiedad, sobre si el causante otorgó testamento o donaciones por causa de muerte. VI). Dese aviso al registro de procesos sucesorios de la Corte Suprema de Justicia. VII). Elabórese el inventario respectivo. VIII). Dese intervención a la Procuraduría General de la Nación en su oportunidad para que emita dictamen. IX). Lo demás téngase presente para su oportunidad. Artículos 1 al 7 de la ley reguladora de tramitación notarial de asuntos de jurisdicción voluntaria; 453 al 457, 478, 488, 489, 490, 492, 503, 504 y 509 del Código Procesal Civil y Mercantil. Artículo 2 del decreto 73-75. NOTIFIQUESE.

Firma y sello del Notario 

Acta de Radicación Proceso Sucesorio

 ACTA DE RADICACIÓN DE PROCESO SUCESORIO INTESTADO EXTRAJUDICIAL: En el municipio y departamento de Guatemala el veintidós de junio de dos mil dieciocho, siendo las nueve horas con diez minutos, yo, ___________________, Notario, constituido en mi oficina profesional ubicada en la sexta avenida cero guion sesenta zona cuatro, Torre II, Oficina seiscientos once, Gran Centro Comercial Zona Cuatro de esta ciudad, soy requerido por el señor ____________________, de veintitrés años de edad, soltero, guatemalteco, ingeniero, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación ___________________________________, extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, quien requiere de mis servicios a efecto de que se radique ante mí el PROCESO SUCESORIO EXTRAJUDICIAL INTESTADO, de su señora madre: _________________, procediéndose de la siguiente manera: PRIMERO: Manifiesta el requirente bajo solemne juramento tomado de conformidad con la ley y advertido del delito de perjurio y penas respectivas que su señora madre nació en esta ciudad de Guatemala el cinco de enero de mil novecientos sesenta y ocho y falleció el veintisiete de marzo del año dos mil catorce, según consta en las respectivas certificaciones de nacimiento y defunción que presenta, extendidas por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; habiendo quedado con derecho a sucederle en todos los bienes, derechos y obligaciones Él como único hijo de la causante, para el efecto presenta la certificación de nacimiento y su Documento Personal de Identificación extendidas por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Sigue exponiendo el señor ______________________, bajo juramento que su señora madre al momento de su fallecimiento su madre ya se había divorciado de su Padre __________________ y que no estaba casada, ni unida de hecho con tercera persona, que los padres de su señora madre ya fallecieron  tal como consta en las certificaciones de nacimiento y defunción que presenta del señor ________________________ y de la señora ________________________ y que no tiene más hermanos que también pudieran tener derecho a suceder en los bienes, derechos y obligaciones que no se extinguen con la muerte del causante. SEGUNDO:  en base a lo anterior el requirente me solicita: a) que se tenga por radicado el proceso sucesorio  intestado extrajudicial de su señora madre _______________________________; b) que se tengan por presentados los documentos identificados; c) que se señale día y hora para la junta de herederos y demás interesados; d) que se hagan las publicaciones de ley; e) que se dé aviso al registro de procesos sucesorios; f) que se pidan los informes a los registros de la propiedad; g) que se elabore el inventario de la mortual; h) que en su oportunidad se le dé intervención a la Procuraduría General de la Nación; e i) que en su oportunidad se dicte auto declaratorio de herederos. Yo el Notario DOY FE: de haber tenido a la vista los siguientes documentos: a) el documento personal de identificación y certificación de partida de nacimiento del Requirente; b) la certificación de partida de nacimiento y de defunción de la causante y c) la certificaciones de defunción de los padres de la causante. Término la presente acta notarial en el mismo lugar y fecha de su inicio, siendo las diez horas con cinco minutos, constando la presente en esta única hoja de papel bond, a la que adhiero un timbre fiscal de cincuenta centavos y un timbre notarial de diez quetzales. Leo lo escrito al requirente quien enterado de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo ratifica, acepta y firma. DOY FE.


martes, 3 de agosto de 2021

Resolución de trámite, Ordinario Laboral

 

JUICIO ORDINARIO LABORAL NÚMERO 0000-2021-0000 OFICIAL TERCERO

JUZGADO PRIMERO TRABAJO Y PREVISION SOCIAL PARA LA ADMINSION DE DEMANDAS. Guatemala, quince de marzo de dos mil diecinueve. --------------------------

I)  Iníciese la formación del expediente respectivo. II) Se toma nota de los lugares señalados para notificar a las partes, y que el compareciente actúa bajo la Dirección, Procuración y Asesoría de los Abogados propuestos, quienes podrán actuar en forma conjunta o separada. III) se admite para su trámite, en la vía ordinaria laboral, la demanda presentada por --------------------------  en contra de --------------- SOCIEDAD ANÓNIMA. IV) Se tienen por ofrecidos los medios de prueba individualizados en el apartado respectivo de la demanda. V) Para que las partes comparezcan a juicio oral, se señala audiencia para el día VEINTICINCO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTE A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, proviniéndoles presentarse con sus medios de prueba a efecto las rindan en dicha audiencia, bajo apercibimiento de continuar el juicio en rebeldía de la parte que no compareciere en tiempo, sin más citarle ni oírle. VI) Notifíquese a la entidad demandada, por medio de su representante legal para que se presente a la audiencia señalada en esta resolución, a prestar Confesión Judicial, bajo apercibimiento que, de no comparecer, se le declara confesa en las posiciones que se le dirijan. VII) Se conmina a la entidad demandada para que en la primera audiencia EXHBA los documentos individualizados en el apartado de los medios de prueba del memorial que se resuelve, bajo apercibimiento de imponerle una multa de cincuenta a quinientos quetzales en caso de desobediencia, sin perjuicio de presumirse ciertos los datos aducidos al respecto por el oferente de la prueba. Debiendo adjuntar copia de los mismos. VIII) Se hace saber a las partes que este proceso será tramitado en definitiva por el JUZGADO NOVENO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL OFICIAL SEGUNDO Y QUE LA AUDIENCIA SEÑALADA SE REALIZARÁ en la SALA DE AUDIENCIAS DE DICHO JUZGADO. IX) Se tiene como parte de este proceso a la INSPECCION GENERAL DEL TRABAJO, a quien se debe notificar de todo lo actuado. X) Lo demás solicitado téngase presente para su oportunidad procesal. XI) Se invita a las partes a buscar una solución alterna a su conflicto acudiendo al Centro de Mediación ubicado en la Planta Baja del Edificio que alberga a los Juzgados de Trabajo y Previsión Social, zona diez cuidad de Guatemala. XII) Notifíquese. Artículos: 30,280, 28, 285, 292, 314, 321, 325, 326 bis, 327, 328, 332, 335. 337. 353, 354, del Código de Trabajo; 1, 11, 16, 23, 108, 114, 141, 143 Ley del Organismo Judicial.


lunes, 2 de agosto de 2021

Memorial de apelación laboral

 

Ordinario laboral número 01215-2018-_ _ _ _ _, oficial 4º.

 

JUZGADO TERCERO PLURIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL DEL MUNICIPIO Y DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.

 

_____________________________________________, ADMINISTRADOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL de la entidad ________________________, SOCIEDAD ANONIMA, de datos de identificación conocidos y calidad acreditada en autos, comparezco a interponer RECURSO DE APELACIÓN en contra de la sentencia de fecha veintinueve de julio de dos mil diecinueve, de conformidad con los siguientes

HECHOS:

I. El veintisiete de agosto de dos mil diecinueve fui notificado de la sentencia proferida por este juzgado en la fecha ya indicada, en la que el juzgador resuelve lo siguiente: “I) CON LUGAR PARCIALMENTE la demanda laboral promovida por ____________________ en contra de mi representada, por la razón antes consideradas; II) Como consecuencia se condena a la entidad demandada al pago a favor de la parte actora y dentro del tercer día de estar firme el presente fallo sobre las prestaciones y montos siguientes… III) Se condena a la parte demandada al pago de costas judiciales, por lo antes considerado; IV) Se impone al demandado la multa de DOSCIENTOS CINCUENTA QUETZALES, en virtud de no haber exhibido los documentos indicados en el memorial de demanda; V) Se le hace saber a las partes que en caso de planteamiento de recurso de apelación, pueden incluir en el memorial de interposición, su expresión de agravios o bien los motivos de su inconformidad, a efecto de que el Tribunal Superior conozca los mismos y se agilice el tramite respectivo…”

II. Por NO estar de acuerdo con la totalidad de los numerales romanos I, II, III, IV y V de dicha sentencia proferida en contra de mi representada y estando en tiempo planteo Recurso de APELACIÓN, haciendo de su conocimiento que con fundamento en mi derecho de defensa consagrado en el artículo 12 de la Constitución Política de la República, artículo 368 del Código de Trabajo y en el principio de DEBIDO PROCESO, en la Sala Jurisdiccional correspondiente EXPRESARÉ LOS AGRAVIOS que la sentencia me causa. 

FUNDAMENTO DE DERECHO

Código de Trabajo:

Artículo 365. “…En los procedimientos de trabajo proceden contra las sentencias o autos que pongan fin al juicio, los recursos:… “b) De apelación que debe interponerse dentro de tercero día de notificado el fallo…”  artículo 368. Recibidos los autos en la Sala de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, por apelación interpuesta, dará audiencia por cuarenta y ocho horas a la parte recurrente, a efecto de que exprese los motivos de su inconformidad.”

PRUEBAS:

Medios de prueba y todas las actuaciones que obran en autos,

PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS: Que del conocimiento del juzgador, la ley y de  los hechos se deriven;

En virtud de lo anterior formulo las siguientes

PETICIONES:

1.- Que se admita para su trámite y se agregue a sus antecedentes el presente memorial.

2.- Que en los términos expuestos se tenga por interpuesto y se otorgue el recurso de apelación planteado en contra de la sentencia indicada,

3.- Previa notificación a las partes que se eleven las presentes actuaciones a la honorable sala jurisdiccional.

4. Que una vez admitido para su trámite el presente recurso, se nos conceda AUDIENCIA por el plazo de 48 horas para expresar los agravios,

Acompaño cinco copias del presente memorial.

Guatemala,  30 de agosto de 2019.

A ruego del presentado quien sí sabe firmar pero de momento  no puede hacerlo firma el Abogado auxiliante.


Memorial, subsanación de previo

                                                            Juicio ordinario laboral número 01173-2017-_ _ _ _ _, oficial 1°.

JUZGADO SEGUNDO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL PARA LA ADMISIÓN DE DEMANDAS DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.

______________________________, de datos conocidos dentro del proceso arriba identificado,  respetuosamente comparezco ante usted y,

EXPONGO:

I. Fui notificado el día veintiséis de febrero del año dos mil dieciocho de la resolución de fecha veintiuno de diciembre del año dos mil diecisiete mediante la cual se ordena en el apartado III) lo siguiente: “En el presente caso la parte actora deberá cumplir con lo siguiente: a) Deberá ofrecer y solicitar el medio de prueba de confesión judicial de conformidad con la naturaleza judicial de la entidad que demanda, en virtud que se solicita que se declare confeso al representante legal de la entidad demandada y él no es parte dentro del presente proceso, aunado al hecho que la entidad demandada puede delegar su representación en otra persona; b) Solicitar el medio de prueba de confesión judicial de la parte demandada, en las peticiones, en virtud de que la ofrece pero no la solicita…”

II. Para dar cumplimiento a la literal a) del apartado III) de la citada resolución del Honorable Juzgador, ofrezco la prueba de CONFESIÓN JUDICIAL en los siguientes términos: CONFESIÓN JUDICIAL: Que en la primera audiencia que para el efecto se señale deberá prestar la entidad __________________   , SOCIEDAD ANÓNIMA, a través de su representante legal y no por medio de apoderado en base al pliego de posiciones que en su momento presentaré, bajo apercibimiento de ser declarada confesa en su rebeldía y sobre los extremos de la demanda, si dejare de comparecer.

III. Para dar cumplimiento a la literal b) del apartado III) de la citada resolución del Honorable Juzgador, PIDO que se conmine a la entidad demandada para que comparezca a la primera audiencia que el juzgado señale, a prestar confesión judicial a través de su representante legal y no por medio de apoderado, bajo apercibimiento de ser declarada confesa sobre el pliego de posiciones y sobre los extremos de esta demanda, en caso de que dejare de comparecer,

FUNDAMENTO DE DERECHO

Derecho de petición. Los habitantes de la República de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual o colectivamente, peticiones a la autoridad, la que está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley.

PRUEBAS

Documentos. Resolución de fecha veintiuno de diciembre del año dos mil diecisiete, la cual obra en autos.

PRESUNCIONES legales y humanas que de lo actuado en el proceso y del conocimiento del juzgador se deriven,

En base a lo observado y a las pruebas ofrecidas, al Señor Juez le formulo las siguientes:

PETICIONES:

Además de las peticiones solicitadas en el memorial de demanda respectivo, PIDO:

I. Que se admita para su trámite el presente memorial y se incorpore al expediente respectivo,

II. Que se tenga por subsanado lo ordenado en la resolución de fecha veintiuno de diciembre del año dos mil diecisiete y se continué con el tramité del proceso,

III. Que se tengan por ofrecidos y solicitados todos los demás medios de prueba que se señalan en el memorial de demanda,

CITA DE LEYES: fundo mi petición en los artículos ya citados y en los siguientes: 28, 102 al 106 de la Constitución Política de la República; 82, del 321 al 364 del Código de Trabajo.

Acompaño original y tres copias del presente memorial

Guatemala, uno de marzo de dos mil dieciocho.

A RUEGO DE LA PRESENTADA QUIEN DE MOMENTO NO PUEDE FIRMAR Y EN SU AUXILIO, DIRECCIÓN Y PROCURACIÓN

 

Ejemplo de Pliego de Posiciones

 

Ordinario Laboral 01173-2019-00_ _ _, oficial y Notificador 2°.

PLIEGO DE POSICIONES que deberá absolver la demandada _____________________________ en la audiencia que para el efecto señale el JUEZ ____________________ A de primera instancia de trabajo y previsión social del municipio y departamento de Guatemala.

1.     ¿Diga la absolvente si es cierto que la actora trabajó como empleada doméstica para su persona a partir del 8 de junio de 2015?

2.     ¿Diga la absolvente si es cierto que la relación laboral con la actora finalizó el 18 de octubre de 2018?

3.     ¿Diga la absolvente si es cierto que la actora fue despedida de forma directa y sin justa causa el día 18 de octubre de 2018?

4.     ¿Diga la absolvente si es cierto que la actora tenía una jornada de trabajo de 7:30 horas a 17.30 horas de lunes a viernes?

5.     ¿Diga la absolvente si es cierto que la actora durante todo el tiempo que duró la relación laboral devengó un salario de Q1,300.00 mensuales?

6.     ¿Diga la absolvente si es cierto que el pago del salario de la actora lo realizaba de forma quincenal por un monto de Q650.00?

7.      ¿Diga la absolvente si es cierto que en varias ocasiones le canceló el salario a la actora mediante pago en efectivo?

8.     ¿Diga la absolvente si es cierto que en varias ocasiones le pago el salario a la actora mediante cheques al portador?

9.     ¿Diga la absolvente si es cierto que en varias ocasiones le pago el salario a la actora mediante cheques de su cuenta monetaria en quetzales en el banco industrial?

10.  ¿Diga la absolvente si es cierto que fue citada a la Inspección General del Trabajo el 10 de enero del 2019 a efectos de realizar audiencia conciliatoria y no se presentó?

11.  ¿Diga el absolvente si es cierto que se le adeuda a la actora el pago de indemnización del periodo del 8 de junio de 2015 al 18 de octubre de 2018?

12.  ¿Diga la absolvente si es cierto que se le adeuda a la actora el pago de bonificación anual para los trabajadores del sector público y privado del periodo del 8 de junio de 2015 al 18 de octubre de 2018?

13.  ¿Diga la absolvente si es cierto que la actora no gozó de vacaciones durante todo el tiempo que duró la relación laboral?

14.  ¿Diga la absolvente si es cierto que a la actora no se le compensaron las vacaciones en dinero?

15.  ¿Diga el absolvente si es cierto que se le adeuda a la actora el pago de la prestación de Aguinaldo para los trabajadores del sector privado del periodo correspondiente del 8 de junio de 2015 al 18 de octubre de 2018?

16.  ¿Diga el absolvente si es cierto que se le adeuda a la actora el pago de Bonificación incentivo para los trabajadores del sector privado del 8 de junio de 2015 al 18 de octubre de 2018?

Guatemala, 22 de junio de 2020.


 

f. ________________________