Mostrando entradas con la etiqueta notariado. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta notariado. Mostrar todas las entradas

martes, 17 de marzo de 2020

Actualización Legislativa FASE PRIVADA



ACTUALIZACIÓN LEGISLATIVA

FASE PRIVADA 

*NOTA: Los números corresponden al listado que enumera la “Guía de la Fase Privada de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales” de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

 

1. Constitución Política de la República.

Reformas denominadas “Reformas al sector justicia” se encuentran paralizadas en el Congreso de la República.

 

 

2. Código de Comercio de Guatemala Decreto 2-70

Últimas Reformas: Dto. 37-2016, Dto. 1-2018, Dto. 18-2017,  Dto. 20-2018 y 6-2020.


a. Decreto 37-2016:
 Adicionó el artículo “368 Bis”

b. Decreto 18-2017. Reformó los artículos 15, 37, 41, 53, 89, 90, 92, 125, 152 bis, 335, 341, 343, 344, 350, 351, 352, 355 y 1039 y disposiciones transitorias,

c. Decreto 1-2018: Ley de los contratos de factoraje y descuento: Reformó el artículo 591 y derogó los artículos del 729 al 733.

d. Decreto 20-2018: Ley de fortalecimiento del emprendimiento. Reformó los artículos 10, 16, 27, 36 y 237 y adicionó los artículos del 1040 al 1055.

e. Decreto 6-2020. Reforma artículos relacionados con el cheque (aún no han sido sancionadas por el Presidente).

 

3. Código Civil

Últimas reformas: Dto. 13-2017, Dto. 4-2018 y 8-2018.

 

a. Decreto 13-2017 (En relación a la prohibición de matrimonio de menores)

Reformó el artículo 83, y

Derogó los siguientes: Artículo 82, 84, los numerales 1°. Y 2°. del artículo 89, artículo 94 y artículo 134.

 

b. Decreto 4-2018

Derogó los artículos: 880, 881, 882, 883, 884, 885, 888, 889, 892, 895, 898, 899, 900, 901, 903, 911, 912, 914; el numeral décimo del artículo 1125; el último párrafo del artículo 1185; y, los artículos del 1188 al 1192.

 

c. Decreto 8-2018. En relación a que no es necesaria la identificación de persona cuando el nombre que se use distinto sea solamente por tildes.

 

Pendientes de entrar en vigor las reformas contenidas en el Decreto 4-2020, que contiene reformas a la Ley de Organizaciones NO gubernamentales.

 

Últimas inconstitucionalidades:

Artículo 215. Segundo párrafo según expediente 1006-2014

Artículo 1886 numeral 2°. Según expediente 5009-2013

 

 

4. Código Procesal Civil y Mercantil

Decreto 13-2017: Derogó el artículo 425.

 

 

5. Código de Notariado

Última reforma:

Decreto 4-2018. Derogó el artículo 50 (el cual regulaba los requisitos que debía contener la prenda agraria, industrial y ganadera)

 

6. Ley de Tribunales de Familia

 

7. Ley del Mercado de Valores y Mercancías

 

8. Ley del Organismo Judicial

Última reforma: Dto. 32-2016 Ley de la Carrera Judicial

Artículos derogados total o parcialmente:

Literales b), d), e), h), i) y m) del artículo 54,

Literales a) e i) del artículo 55,

Artículo 56,

Literales d), e) y f) del artículo 88,

Primer párrafo del artículo 93,

Artículo 100.

Según el artículo 79 de la Ley de la Carrera Judicial (dto. 32-2016)  

 

 

9. Ley de Colegiación Profesional Obligatoria,

 

 

10. Ley reguladora de la tramitación Notarial de Asuntos de Jurisdicción Voluntaria

 

Acuerdo relacionado: 067-2019 de la CSJ: Implementación del Registro Electrónico de expedientes de Jurisdicción Voluntaria

 

11. Ley de Timbre Forense y Notarial,

 

12. Reglamento del Registro de Procesos Sucesorios,

 

13. Ley de Rectificación de Áreas de Fincas Urbanas,

 

 

14. Ley de Garantías Mobiliarias

Ultimas reforma: Dto. 4-2018.

Reforma las literales g) y j) del artículo 2; reforma los artículos 10, 12, 16, 25, 32, 40, 41, 42, 43, 49, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 68 y 75.

 

Deroga el artículo 50 del Código de Notariado

 

15. Ley sobre el Impuesto de Herencias, Legados y Donaciones,

 

16. Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado,

 

17. Reglamento de la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y Papel Sellado

Disposiciones legales relacionadas: 

a. Acuerdo del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria 6-2017 sobre las características del Papel Sellado Especial de Protocolos

b. Resolución de la Corte de Constitucionalidad sobre el planteamiento de inconstitucionalidad del Acuerdo 6-2017 del Directorio de la SAT. 


c.
 Acuerdo del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria 3-2018 sobre las características del Papel Sellado Especial de Protocolos.

 

18. Ley del Impuesto al Valor Agregado,

Reformada por el Decreto 4-2019 y 7-2019:

Decreto 4-2019: Ley para la Reactivación Económica del Café

Decreto 7-2019: Ley de Simplificación, Actualización e Incorporación Tributaria.

 

19. Ley del Registro de Información Catastral,

 

20. Ley del Registro Nacional de las Personas,

Última reforma: Decreto 37-2016. Reformó la literal “e” del artículo 23.

El reglamento de inscripciones y de la emisión del Documento Personal de Identificación deben de ser del año 2015

 

 

21. Ley de Parcelamientos Urbanos,

 

22. Ley de Vivienda,

 

23. Ley de Actualización Tributaria,

Última reforma: fue introducida por el Dto. 2-2020.

 

24. Ley de Almacenes Generales de Depósito,

 

 

25. Ley de Bancos y Grupos Financieros,

Últimas reformas: Decreto 28 -2016 y Decreto 37-2016

a. Decreto 28-2016

1. Adicionó el artículo 46 bis “Acoso y hostigamiento para la cobranza”

2. Adicionó el artículo 46 ter “Prohibición de uso de prácticas abusivas en las cobranzas”

 

b. Decreto 37-2016: Reformó el artículo 63 y 113.

 

Otras disposiciones legales relacionadas:

Resolución 81-2021. Regula el capital mínimo para constituir un banco…

 

Declaratoria de inconstitucionalidad general parcial del Art. 96 de conformidad con el expediente 7282-2019 de la Corte de Constitucionalidad.

 

 

26. Ley de la Actividad Aseguradora


Disposición legal relacionada: Resolución 82-2021 de la Superintendencia de Bancos, la cual aumenta el Capital para constituir aseguradoras y reaseguradoras, afectando el contenido del artículo 17 de la Ley de la Actividad Aseguradora.

 

 

27. Ley de Sociedades Financieras Privadas

Ultima reforma:

Dto. 1-2018: Ley de los contratos de factoraje y descuento: Reformó el artículo 5.

 

28. Ley Orgánica del Banco de Guatemala.

 

29. Ley Monetaria.

 

30. Ley de Supervisión financiera.

 

31. Ley de Libre Negociación de divisas.

 

32. Ley contra el lavado de dinero u otros activos.

 

33. Ley General de cooperativas.

 

 

34. Ley de propiedad Industrial.

Última reforma: Dto. 3-2013 y Dto. 9-2014

Decreto 9-2014: Derogó la segunda oración del artículo 93 y los artículos 97 y 98 de conformidad con el artículo 54 de dicho decreto.

 

Arancel. El arancel fue reformado por el Acuerdo Gubernativo 148-2014 del Ministerio de Economía.

 

 

35. Ley de Derechos de Autor y derechos Conexos.

Última reforma: Dto. 21-2018:

Adiciona la literal “d” y “e” al artículo 63,

Adiciona el artículo 63 bis.

 

36. Ley de Protección al Consumidor y Usuario.

 

37. Ley de Arbitraje.

 

38. Convenio de Berna.

 

39. Convenio de Paris.

 

40. ADPIC S.

 

41. Tratado de libre comercio.

                                                      

42. Reglamento del Registro Mercantil.

 

43. Convención de la ONU sobre la compraventa internacional.

Decreto 7-2018. Mediante el cual se aprueba la adhesión a esta Convención


Otras disposiciones legales recientes relacionadas con el Derecho Privado: 

Decreto 1-2018. Ley de los contratos de factoraje y de descuento, 


Decreto 4-2018. Reforma la Ley de Garantías Mobiliarias, 


Decreto 20-2018: Ley de Fortalecimiento al Emprendimiento y su reglamento 


Decreto 24-2018: Ley de Avisos Electrónicos. La Corte de Constitucionalidad resolvió en definitiva y declaró sin lugar la acción de inconstitucionalidad planteada en contra de esta ley.

 

Dto. 7-2019: Ley de Simplificación, Actualización e Incorporación Tributaria: Reforma la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Decreto 4-2020. Contiene reformas a la Ley de ONGs

Dto. 2-2021. Ley del Leasing. 

NOTA: Última actualización: Junio 2021. 

Cualquier duda u observación puede contactarnos: 
correo: ajusac@hotmail.com
fanpage (facebook) AJUSAC 



viernes, 12 de octubre de 2018

Acuerdo 3-2018



Características de las hoja de Papel Sellado Especial de Protocolo

_________________________________________________________


ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 3-2018


EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA


CONSIDERANDO

Que el artículo 23 del Decreto Número 37-92, del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, faculta a la Superintendencia de Administración Tributaria para que se encargue de la fabricación, control, distribución y venta de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos; así como para modificar las características de los mismos, adaptándolos a nuevos métodos y técnicas de producción y utilización, para lo cual podrá celebrar contratos de suministros con entidades nacionales o extranjeras.


CONSIDERANDO

Que derivado de la resolución de la Corte de Constitucionalidad, la cual decreta la suspensión temporal del Acuerdo de Directorio 06-2017, emitido por el Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria y con el objeto de evitar la escasez del Papel Sellado Especial para Protocolos y en aras de buscar desde su competencia, el logro del bien común mediante medidas que brinden legalidad y seguridad en los negocios jurídicos que se plasmen en el Papel Sellado Especial para Protocolos, es imperativo determinar las características para su producción.


POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 3 literales a), d), h) e i) y 7 literales a) y o) del Decreto Número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria; y, el artículo 23 del Decreto 37-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos; el artículo 16 numerales 1) y 15) del Acuerdo de Directorio Número 007-2007, Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria.


ACUERDA:

ARTICULO 1. AUTORIZACIÓN.
Que por intermedio del Taller Nacional de Grabados en Acero, cumplidas las formalidades y bajo su absoluta responsabilidad, se proceda a imprimir hojas de Papel Sellado Especial para Protocolos del Quinquenio 2018-2022, con las características mínimas siguientes:
a. El Papel Sellado Especial para Protocolos será producido en hojas de papel seguridad Ledger, el cual contiene sello de agua en la masa del papel, estampado desde el molino, fibras invisibles de colores verde y azul, traslucidas con luz ultra violeta, sueltas de treinta y tres centímetros de largo por veintiuno punto cinco centímetros de ancho.
b. Deberá llevar estampado en el ángulo superior izquierdo el Escudo de Armas de la República de Guatemala y la indicación del valor de la hoja, el Escudo de Armas se estampa con tinta offset en realzado tipográfico.
c. En el ángulo inferior izquierdo, se imprimirá el logo de la Superintendencia de Administración Tributaria.
d. Al lado derecho del Escudo de Armas, dentro de un rectángulo en filigranas de nueve centímetros de largo por dos centímetros de ancho, irá el número de orden de la hoja y abajo del rectángulo llevará impresa con letras mayúsculas la palabra PROTOCOLO.
e. Abajo del Escudo de Armas se colocará el número de registro de la hoja, con la indicación del quinquenio a que corresponde. El número de orden irá precedido por la letra que corresponda a la serie, según las letras del alfabeto español.
f. La hoja debe contener impresas en cada lado, veinticinco líneas a doble espacio. Estas líneas tendrán una extensión de ciento cincuenta y siete milímetros, quedando la impresión de litografía circunscrita al rayado y a los rectángulos de la parte superior del anverso de las hojas.
g. Al dorso de la hoja llevará un rectángulo en filigranas de nueve centímetros de largo por dos centímetros de ancho, en donde se indicará el número de orden de la hoja e inmediatamente después de éste la letra "R", la cual significa "Reverso".
La impresión de la hoja de Papel Sellado Especial para Protocolos, se efectuará conforme a las características descritas en las literales anteriores.


ARTICULO 2. TRANSITORIO.
Este Acuerdo estará vigente hasta que se resuelvan en definitiva las Inconstitucionalidades de Ley de Carácter General, total o parcial tramitadas en expedientes acumulados 2380-2017 y 2400-2017, planteadas en contra del Acuerdo de Directorio número 06-2017 de la Superintendencia de Administración Tributaria.
ARTICULO 3. VIGENCIA.
El presente Acuerdo empezará a regir de forma inmediata al momento de su publicación en el Diario de Centro América.
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, EL DIECINUEVE DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO.
COMUNÍQUESE,"
Dada en la Ciudad de Guatemala, el veintidós de enero de dos mil dieciocho.
LIC. ABEL FRANCISCO CRUZ CALDERÓN
SECRETARIO INTERINO DEL DIRECTORIO DE LA
SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA