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domingo, 16 de mayo de 2021

Curso Fase Privada

 

FASE PRIVADA


DURACIÓN DEL CURSO: 4 meses, de junio a septiembre.

HORARIO DE REUNIONES. Martes y jueves: 18:00-19:15 hrs.

HORARIO DE REPASOS. 2 sábados al mes de 15:00-16:15 hrs.

PRECIO. Q275 mensuales o pago único de Q950 por los 4 meses de duración. Los que opten por el pago mensual deben de realizar los siguientes pagos dentro de los primeros cinco días de cada mes.

 

ÁREAS DE ESTUDIO

1. Derecho Civil.

2. Derecho Mercantil.

3. Derecho Notarial.

4. Derecho Procesal Civil y Mercantil.

 

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN

Pueden inscribirse Estudiantes con pensum cerrado o que estén cursando actualmente el último semestre de la carrera. Actualmente no estamos cobrando inscripción, el Estudiante se inscribe al curso pagando a través de depósito o transferencia bancaria la primera cuota o el pago único según desee, una vez realizado el pago debe enviar foto de la constancia de pago y de su dpi a través de la página de Facebook (Ajusac) o el número de whatsapp (5588 1207) para registrar su inscripción.  

 

ACCESO PREVIO A VIDEOS,  ESQUEMAS Y MATERIAL DE ESTUDIO…

Al inscribirse al curso les daremos acceso al material de estudio, códigos principales, esquemas y videos (son más de 40 videos grabados de esta fase) de los temas que trataremos en la próxima semana. De la misma forma se hará cada fin de semana para que puedan acceder con anticipación al contenido.



REUNIONES EN VIVO


Nuestras reuniones se realizan en vivo en los días y horarios indicados, con una duración aproximada de 75 minutos por cada reunión, en las cuales explicaremos los aspectos más importantes y resolveremos dudas. Cada semana estudiaremos una materia, en la primera abordaremos Derecho Civil y Procesal, la otra Derecho Notarial, la siguiente Derecho Mercantil, luego retornamos a Derecho Civil y Procesal. Las reuniones se programan en la mañana del día de la reunión y enviamos al grupo de whatsapp los datos para ingresar, posteriormente les enviamos el enlace de acceso a la reunión 5 minutos antes de su inicio. Pueden consultar sus dudas en el transcurso de la reunión o al finalizar la explicación.

 

GRUPO DE WHATSAPP



 

La coordinación e información de las reuniones del curso, dudas sobre el contenido, los enlaces para acceder a las reuniones se realiza a través de un grupo de whatsapp. El grupo se creará la semana de inicio del curso.

 

GRABACIÓN DE TODAS LAS REUNIONES



 

Todas nuestras reuniones se graban en video directamente en zoom y se comparten el mismo día de la reunión, para que los Estudiantes puedan repasar el mismo día si desean. Al día siguiente se trasladan a Google Drive para que el Estudiante pueda acceder, las reuniones estarán disponibles todo el tiempo que dure el curso y hasta un mes después para que puedan seguir repasando.

 

CUESTIONARIOS DE LEYES ESPECIALES MÁS IMPORTANTES

 


Pondremos a su disposición cuestionarios de las leyes especiales más importantes, tales como: Ley de Protección al Consumidor y Usuario, Ley de Propiedad Industrial, Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, Ley de Fortalecimiento al Emprendimiento, Ley de Bancos y Grupos Financieros, Ley de Adopciones, Ley de Titulación Supletoria, Ley de Colegiación Profesional, Ley de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, entre otros.  

 

Temas que se estudiaran en Derecho Civil.

i.              La Persona Individual,

ii.            La Persona Jurídica,

iii.           Derecho de Familia,

iv.           Derechos Reales,

v.            Derecho Sucesorio,

vi.           Registro de la Propiedad,

vii.          Obligaciones y Negocio Jurídico,

viii.        Contratos,

 

Temas que se estudiaran en Derecho Procesal Civil:

i.              Juicio Ordinario,

ii.            Juicio Sumario,

iii.           Juicio Oral,

iv.           Arbitraje,

v.            Juicio Ejecutivo,

vi.           Ejecución en la Vía de Apremio,

vii.          Medidas Cautelares,

viii.        Formas Anormales de Finalizar los Procesos,

ix.           Impugnaciones.

x.            Amparo.

 

Temas que se estudiaran en Derecho Mercantil.

i.              Introducción al Derecho Mercantil,

ii.            Derecho Societario,

iii.           Inscripción de Sociedades,

iv.           Títulos de Crédito,

v.            Obligaciones y Contratos,

vi.           Derecho de Consumo,

vii.         Propiedad Intelectual,

viii.        Derecho Procesal Mercantil.

 

Temas que se estudiaran en Derecho Notarial.

i.              Introducción,

ii.            Sujetos del Instrumento Público,

iii.           Representaciones,

iv.           Instrumentos Protocolares,

v.            Instrumentos Extra Protocolares,

vi.           Protocolo,

vii.         Jurisdicción Voluntaria,

viii.        Documentos Provenientes del Extranjero.

 

CRONOGRAMA DE ESTUDIO: El curso se desarrolla en base a un cronograma en donde se indican los temas a tratar en cada reunión, las leyes y demás disposiciones legales que se utilizarán en cada clase.

 

martes, 14 de abril de 2020

Ado. 15-2015. Not. Electrónicas Civil



Autoriza a los órganos jurisdiccionales de toda la República que tienen competencia en razón de las materias civil, mercantil, familia, cuentas, económico coactivo, niñez y adolescencia, para notificar en forma electrónica las resoluciones

ACUERDO NÚMERO 15-2015

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CONSIDERANDO

Que el artículo 5 de la Ley Reguladora de las Notificaciones por Medios Electrónicos en el Organismo Judicial establece la obligación de la Corte Suprema de Justicia de implementar de forma gradual las notificaciones electrónicas en los procesos judiciales en toda la República.

CONSIDERANDO

Que el artículo 19 del Reglamento de la Ley Reguladora de las Notificaciones por Medios Electrónicos en el Organismo Judicial determina que la implementación se realizará de forma gradual para cada ramo en particular y circunscripción territorial y, para el efecto emitirá la disposición que autorice la utilización del Sistema de Notificaciones Electrónicas sin el cual no se podrá implementar.

POR TANTO

La Corte Suprema de Justicia, con base en lo considerado y con fundamento en los artículos 54 literal f) y 77 de la Ley del Organismo Judicial, integrada como corresponde,

ACUERDA

Artículo 1. Se autoriza a los órganos jurisdiccionales de toda la República que tienen competencia en razón de las materias siguientes: civil, mercantil, familia, cuentas, económico coactivo, niñez y adolescencia, no incluidos en el Acuerdo 1-2013 de la Corte Suprema de Justicia, para notificar en  forma electrónica las resoluciones emitidas dentro de los expedientes en los cuales se señale como lugar para recibir notificaciones el casillero electrónico asignado para el efecto.

Artículo 2. El Sistema de Notificaciones Electrónicas se implementará inmediatamente en las cabeceras departamentales de la República y, de forma gradual, en sus municipios, en atención a la existencia de mecanismos tecnológicos que permita su debida implementación.

Artículo 3. De acuerdo a lo previsto en el artículo 3 del Reglamento de la Ley Reguladora de las Notificaciones por Medios Electrónicos en el Organismo Judicial, se instruye a la Dirección de Gestión Tribunalicia, para que organice jornadas de registro de nuevos usuarios en los departamentos y municipios del país en los que no existan Centros de Servicios Auxiliares, para lo cual deberá realizar una planificación que permita dar a conocer a los usuarios con anticipación, la fecha y lugar en que se realizará la actividad.

Para los efectos de la divulgación del calendario de las relacionadas jornadas, la Secretaria de Comunicación Social y Protocolo deberá proveer la colaboración e insumos necesarios.

Artículo 4. Se instruye al Centro de Informática y Telecomunicaciones y al Centro de Información, Desarrollo y Estadística Judicial, para que dentro del ámbito de su competencia, provean los recursos necesarios a los órganos jurisdiccionales, así como la capacitación del personal responsable de realizar las notificaciones electrónicas, con el objeto de cumplir lo dispuesto en este Acuerdo.

Artículo 5. El presente Acuerdo deberá ser publicado en el Diario de Centro América y entrará en vigencia a los ocho días siguientes de su publicación.
Dado en el Palacio de Justicia, en la ciudad de Guatemala, a los ocho días del mes de julio de dos mil quince.

COMUNÍQUESE,

Josué Felipe Baquiax, Presidente del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia; Silvia Patricia Valdés Quezada, Magistrada Vocal Primera; Nery Osvaldo Medina Méndez, Magistrado Vocal Segundo; Vitalina Orellana y Orellana, Magistrada Vocal Tercera; Delia Marina Dávila Salazar, Magistrada Vocal Cuarta; Douglas René Charchal Ramos, Magistrado Vocal Quinto; Sergio Amadeo Pineda Castañeda, Magistrado Vocal Séptimo; Silvia Verónica García Molina, Magistrada Vocal Novena; Vladimir Osman Aguilar Guerra, Magistrado Vocal Décimo; Nester Mauricio Vásquez Pimentel, Magistrado Vocal Décimo Primero; Ranulfo Rafael Rojas Cetina, Magistrado Vocal Décimo Segundo; José Antonio Pineda Barales, Magistrado Vocal Décimo Tercero, Ronald Manuel Colindres Roca, Magistrado Presidente de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones Civil y Mercantil. María Cecilia de León Terrón, Secretaria de la Corte Suprema de Justicia.



martes, 17 de marzo de 2020

Actualización Legislativa FASE PRIVADA



ACTUALIZACIÓN LEGISLATIVA

FASE PRIVADA 

*NOTA: Los números corresponden al listado que enumera la “Guía de la Fase Privada de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales” de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

 

1. Constitución Política de la República.

Reformas denominadas “Reformas al sector justicia” se encuentran paralizadas en el Congreso de la República.

 

 

2. Código de Comercio de Guatemala Decreto 2-70

Últimas Reformas: Dto. 37-2016, Dto. 1-2018, Dto. 18-2017,  Dto. 20-2018 y 6-2020.


a. Decreto 37-2016:
 Adicionó el artículo “368 Bis”

b. Decreto 18-2017. Reformó los artículos 15, 37, 41, 53, 89, 90, 92, 125, 152 bis, 335, 341, 343, 344, 350, 351, 352, 355 y 1039 y disposiciones transitorias,

c. Decreto 1-2018: Ley de los contratos de factoraje y descuento: Reformó el artículo 591 y derogó los artículos del 729 al 733.

d. Decreto 20-2018: Ley de fortalecimiento del emprendimiento. Reformó los artículos 10, 16, 27, 36 y 237 y adicionó los artículos del 1040 al 1055.

e. Decreto 6-2020. Reforma artículos relacionados con el cheque (aún no han sido sancionadas por el Presidente).

 

3. Código Civil

Últimas reformas: Dto. 13-2017, Dto. 4-2018 y 8-2018.

 

a. Decreto 13-2017 (En relación a la prohibición de matrimonio de menores)

Reformó el artículo 83, y

Derogó los siguientes: Artículo 82, 84, los numerales 1°. Y 2°. del artículo 89, artículo 94 y artículo 134.

 

b. Decreto 4-2018

Derogó los artículos: 880, 881, 882, 883, 884, 885, 888, 889, 892, 895, 898, 899, 900, 901, 903, 911, 912, 914; el numeral décimo del artículo 1125; el último párrafo del artículo 1185; y, los artículos del 1188 al 1192.

 

c. Decreto 8-2018. En relación a que no es necesaria la identificación de persona cuando el nombre que se use distinto sea solamente por tildes.

 

Pendientes de entrar en vigor las reformas contenidas en el Decreto 4-2020, que contiene reformas a la Ley de Organizaciones NO gubernamentales.

 

Últimas inconstitucionalidades:

Artículo 215. Segundo párrafo según expediente 1006-2014

Artículo 1886 numeral 2°. Según expediente 5009-2013

 

 

4. Código Procesal Civil y Mercantil

Decreto 13-2017: Derogó el artículo 425.

 

 

5. Código de Notariado

Última reforma:

Decreto 4-2018. Derogó el artículo 50 (el cual regulaba los requisitos que debía contener la prenda agraria, industrial y ganadera)

 

6. Ley de Tribunales de Familia

 

7. Ley del Mercado de Valores y Mercancías

 

8. Ley del Organismo Judicial

Última reforma: Dto. 32-2016 Ley de la Carrera Judicial

Artículos derogados total o parcialmente:

Literales b), d), e), h), i) y m) del artículo 54,

Literales a) e i) del artículo 55,

Artículo 56,

Literales d), e) y f) del artículo 88,

Primer párrafo del artículo 93,

Artículo 100.

Según el artículo 79 de la Ley de la Carrera Judicial (dto. 32-2016)  

 

 

9. Ley de Colegiación Profesional Obligatoria,

 

 

10. Ley reguladora de la tramitación Notarial de Asuntos de Jurisdicción Voluntaria

 

Acuerdo relacionado: 067-2019 de la CSJ: Implementación del Registro Electrónico de expedientes de Jurisdicción Voluntaria

 

11. Ley de Timbre Forense y Notarial,

 

12. Reglamento del Registro de Procesos Sucesorios,

 

13. Ley de Rectificación de Áreas de Fincas Urbanas,

 

 

14. Ley de Garantías Mobiliarias

Ultimas reforma: Dto. 4-2018.

Reforma las literales g) y j) del artículo 2; reforma los artículos 10, 12, 16, 25, 32, 40, 41, 42, 43, 49, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 68 y 75.

 

Deroga el artículo 50 del Código de Notariado

 

15. Ley sobre el Impuesto de Herencias, Legados y Donaciones,

 

16. Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado,

 

17. Reglamento de la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y Papel Sellado

Disposiciones legales relacionadas: 

a. Acuerdo del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria 6-2017 sobre las características del Papel Sellado Especial de Protocolos

b. Resolución de la Corte de Constitucionalidad sobre el planteamiento de inconstitucionalidad del Acuerdo 6-2017 del Directorio de la SAT. 


c.
 Acuerdo del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria 3-2018 sobre las características del Papel Sellado Especial de Protocolos.

 

18. Ley del Impuesto al Valor Agregado,

Reformada por el Decreto 4-2019 y 7-2019:

Decreto 4-2019: Ley para la Reactivación Económica del Café

Decreto 7-2019: Ley de Simplificación, Actualización e Incorporación Tributaria.

 

19. Ley del Registro de Información Catastral,

 

20. Ley del Registro Nacional de las Personas,

Última reforma: Decreto 37-2016. Reformó la literal “e” del artículo 23.

El reglamento de inscripciones y de la emisión del Documento Personal de Identificación deben de ser del año 2015

 

 

21. Ley de Parcelamientos Urbanos,

 

22. Ley de Vivienda,

 

23. Ley de Actualización Tributaria,

Última reforma: fue introducida por el Dto. 2-2020.

 

24. Ley de Almacenes Generales de Depósito,

 

 

25. Ley de Bancos y Grupos Financieros,

Últimas reformas: Decreto 28 -2016 y Decreto 37-2016

a. Decreto 28-2016

1. Adicionó el artículo 46 bis “Acoso y hostigamiento para la cobranza”

2. Adicionó el artículo 46 ter “Prohibición de uso de prácticas abusivas en las cobranzas”

 

b. Decreto 37-2016: Reformó el artículo 63 y 113.

 

Otras disposiciones legales relacionadas:

Resolución 81-2021. Regula el capital mínimo para constituir un banco…

 

Declaratoria de inconstitucionalidad general parcial del Art. 96 de conformidad con el expediente 7282-2019 de la Corte de Constitucionalidad.

 

 

26. Ley de la Actividad Aseguradora


Disposición legal relacionada: Resolución 82-2021 de la Superintendencia de Bancos, la cual aumenta el Capital para constituir aseguradoras y reaseguradoras, afectando el contenido del artículo 17 de la Ley de la Actividad Aseguradora.

 

 

27. Ley de Sociedades Financieras Privadas

Ultima reforma:

Dto. 1-2018: Ley de los contratos de factoraje y descuento: Reformó el artículo 5.

 

28. Ley Orgánica del Banco de Guatemala.

 

29. Ley Monetaria.

 

30. Ley de Supervisión financiera.

 

31. Ley de Libre Negociación de divisas.

 

32. Ley contra el lavado de dinero u otros activos.

 

33. Ley General de cooperativas.

 

 

34. Ley de propiedad Industrial.

Última reforma: Dto. 3-2013 y Dto. 9-2014

Decreto 9-2014: Derogó la segunda oración del artículo 93 y los artículos 97 y 98 de conformidad con el artículo 54 de dicho decreto.

 

Arancel. El arancel fue reformado por el Acuerdo Gubernativo 148-2014 del Ministerio de Economía.

 

 

35. Ley de Derechos de Autor y derechos Conexos.

Última reforma: Dto. 21-2018:

Adiciona la literal “d” y “e” al artículo 63,

Adiciona el artículo 63 bis.

 

36. Ley de Protección al Consumidor y Usuario.

 

37. Ley de Arbitraje.

 

38. Convenio de Berna.

 

39. Convenio de Paris.

 

40. ADPIC S.

 

41. Tratado de libre comercio.

                                                      

42. Reglamento del Registro Mercantil.

 

43. Convención de la ONU sobre la compraventa internacional.

Decreto 7-2018. Mediante el cual se aprueba la adhesión a esta Convención


Otras disposiciones legales recientes relacionadas con el Derecho Privado: 

Decreto 1-2018. Ley de los contratos de factoraje y de descuento, 


Decreto 4-2018. Reforma la Ley de Garantías Mobiliarias, 


Decreto 20-2018: Ley de Fortalecimiento al Emprendimiento y su reglamento 


Decreto 24-2018: Ley de Avisos Electrónicos. La Corte de Constitucionalidad resolvió en definitiva y declaró sin lugar la acción de inconstitucionalidad planteada en contra de esta ley.

 

Dto. 7-2019: Ley de Simplificación, Actualización e Incorporación Tributaria: Reforma la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Decreto 4-2020. Contiene reformas a la Ley de ONGs

Dto. 2-2021. Ley del Leasing. 

NOTA: Última actualización: Junio 2021. 

Cualquier duda u observación puede contactarnos: 
correo: ajusac@hotmail.com
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