Acta de ENMIENDA DE PROTOCOLO
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VOLUNTARIO 01000-2018-1000 OF. 1°. En la ciudad de
Guatemala, el día veinte de septiembre del año dos mil dieciocho, siendo las
diez horas con treinta minutos en la sede que ocupa el Juzgado ante el infrascrito
Juez Décimo de Primera Instancia del Ramo Civil, Oficial de trámite y
Secretario Autorizante, comparece el notario _______________________________________
que es de datos de identificación personal conocidos en autos, se identifica
con carnet del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala colegiado número _____________________________
documento que se tuvo a la vista y, se le devolverá al finalizar la presente
diligencia. Seguidamente, manifiesta el compareciente que el objeto de su
presencia en el Juzgado es para que el infrascrito Juez, teniendo a la vista su
registro notarial de año dos mil dieciocho, proceda a constatar que en el mismo
se cometió el error siguiente: el tres de abril del presente año autorice el
instrumento público número nueve el cual está contenida en la hoja de protocolo
número de orden A _________________________________________________________. Además,
se omitió el instrumento número diez ya que del instrumento número nueve se
pasó al número once. Por lo que el infrascrito Juez al constatar el error al
cual se hace referencia, RESUELVE:
JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL: Guatemala, veinte de septiembre
de dos mil dieciocho. Este Juzgado habiendo constatado el error en vista de las
razones que expreso el Notario, acuerda la enmienda de la siguiente manera: i)
se le asigna la literal A al instrumento público número nueve el cual obra en la hoja de protocolo número A ________________________________;
II) Se hace constar que en el presente protocolo se omitió la escritura número
diez; III) Oportunamente extiéndase certificación de la presente para agregar a
los comprobantes del protocolo. Artículos 96 del Código de Notariado; del 171
al 175 de la ley del Organismo Judicial. Se finaliza la presente en el mismo
lugar y fecha de su inicio, veinte minutos más tarde, la cual es leída por el
compareciente quien, enterado de su contenido, validez y demás efectos legales,
la acepta, ratifica y firma juntamente con el infrascrito Juez y Secretario Autorizante.
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Firma JUEZ
FIRMA
SECRETARIO
Firma Notario
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