DECRETO 25-94
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE
GUATEMALA,
CONSIDERANDO:
Que el sector secretarial guatemalteco es un factor
decisivo y trascendental dentro del funcionamiento de las entidades
públicas y privadas, coadyuvando al desarrollo económico y social del
país, razón por la cual resulta apropiado motivar su organización y
estimular su esfuerzo.
CONSIDERANDO:
Que el 26 de abril de cada año se viene celebrando en
nuestro país el Día de la Secretaria, sin que exista regulación legal, por
lo que se hace necesario dictar la respectiva disposición legal que norme
dicha actividad.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el
artículo 157 y con base en lo dispuesto en el inciso a) del artículo 171
de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
Artículo 1. Se instituye el 26 de abril de cada año,
como el “DÍA NACIONAL DE LA SECRETARIA”.
Artículo 2. La celebración del “DÍA NACIONAL DE
LA SECRETARIA”, se realizará conforme a las disposiciones internas de cada
institución o empresa y en todo caso, los patronos y las autoridades
nominadoras cancelarán día de asueto laboral o goce de salarios a el
personal secretarial, en el equivalente de un día extraordinario, sin constituir
adición de otras prestaciones laborales.
Artículo 3. El presente decreto entrará en vigencia
ocho días después de su publicación en el diario oficial.
PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACIÓN Y
CUMPLIMIENTO.
DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA
CIUDAD DE GUATEMALA A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.
OSCAR VINICIO VILLAR ANLEU
PRESIDENTE
EDUARDO MÉNDEZ PINELO FRANCISCO REYES IXCAMEY
SECRETARIO SECRETARIO
PALACIO NACIONAL: Guatemala, siete de marzo de mil
novecientos noventa y cuatro.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
DE LEÓN CARPIO
LA MINISTRA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
GLADYS ANABELLA MORFIN MANSILLA
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