ACUERDO NÚMERO 32-2003
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
CONSIDERANDO:
Que
la Corte de Apelaciones se integra con el número de salas que determine la
Corte Suprema de Justicia, la cual fijará también la sede, materias que
conocerán y competencia territorial, facultad que comprende, en lo aplicable, a
los tribunales colegiados de la misma categoría.
CONSIDERANDO:
Que
debido a disposiciones legales emitidas con posterioridad al Decreto 64-76 del
Congreso de la República (Ley del Tribunal de conflictos de Jurisdicción) el
tribunal a que se refiere dicha ley desarrolla escasa actividad, razón por la
cual y por convenir al servicio de justicia, sus funciones pueden asignarse a
otro tribunal colegiado de la misma categoría, sin menoscabo de las que
legalmente corresponden a cada uno de ellos.
POR TANTO:
Esta
Corte integrada con los suscritos y con fundamento en lo que prescriben los
artículos 54 incisos a), f); 86 y 87 de la Ley del Organismo Judicial; y 218 de
la Constitución Política de la República.
ACUERDA:
ARTICULO 1. Se adscribe el TRIBUNAL
DE CONFLICTOS DE JURISDICCIÓN al TRIBUNAL DE SEGUNDA INSTANCIA DE CUENTAS,
con el objeto que, con carácter mixto, conozca de ambas materias, de
conformidad con las atribuciones que legalmente le corresponden a cada uno de
dichos órganos colegiados.
ARTICULO 2. A partir de la
vigencia de este acuerdo, el tribunal colegiado a que se refiere el artículo
anterior, se denominará "TRIBUNAL DE SEGUNDA INSTANCIA DE CUENTAS Y DE
CONFLICTOS DE JURISDICCIÓN".
ARTICULO 3. Los magistrados que
actualmente integran el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción serán asignados
por esta Corte a otra u otras salas de la Corte de Apelaciones o tribunales de
la misma categoría, preferentemente con sede en la ciudad capital.
ARTICULO 4. Cuando el tribunal
indicado en el artículo 2o. de este acuerdo conozca de un conflicto de
jurisdicción, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6o. del Decreto
64-76 del Congreso de la República, actuará como Secretario del Tribunal el
Secretario de la Corte Suprema de Justicia.
ARTICULO 5. Los asuntos que se
planteen como conflictos de Jurisdicción ante la Secretaría de la Corte Suprema
de Justicia o que se remitan por los tribunales de la República, serán objeto
de registro y control en dicha Secretaría, la cual entregará los expedientes
que se le cursen y demás memoriales y solicitudes que se le dirijan al
Tribunal, sometiendo al presidente del mismo los asuntos que deba conocer.
ARTICULO 6. El Tribunal de
Conflictos de Jurisdicción, adscrito al Tribunal de Segunda Instancia de
Cuentas, conocerá y resolverá las contiendas que en materia de jurisdicción se
le planteen y resolverá las contenidas que en materia de jurisdicción se le
planteen y observará el trámite dispuesto en su ley especial. La Corte Suprema
de Justicia por medio de su Secretaría continuará prestando el apoyo necesario
para el funcionamiento del Tribunal, especialmente personal auxiliar y equipo.
ARTICULO 7. El presente Acuerdo
entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario de centro
América.
Dado en el Palacio de Justicia, en la ciudad
de Guatemala, el treinta de julio de dos mil tres.
COMUNÍQUESE,
DR. CARLOS ESTEBAN
LARIOS OCHAITA
MAGISTRADO PRESIDENTE DE LA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
MAGISTRADO PRESIDENTE DE LA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
HÉCTOR
ANÍBAL DE LEÓN VELASCO
MAGISTRADO VOCAL SEGUNDO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
MAGISTRADO VOCAL SEGUNDO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
OTTO MARROQUÍN GUERRA
MAGISTRADO VOCAL TERCERO
] DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
MAGISTRADO VOCAL TERCERO
] DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
AMANDA
RAMIREZ OTIZ DE ARIAS
MAGISTRADO VOCAL QUINTO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
MAGISTRADO VOCAL QUINTO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
CARLOS ALFONSO ALVAREZ-LOBOS VILLATORO
MAGISTRADO VOCAL SEXTO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
MAGISTRADO VOCAL SEXTO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
HUGO
LEONEL MAUL FIGUEROA
MAGISTRADO VOCAL SEPTIMO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
MAGISTRADO VOCAL SEPTIMO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
MARIELIZ LUCERO SIBLEY
MAGISTRADO VOCAL OCTAVO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
MAGISTRADO VOCAL OCTAVO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
EDGARDO
DANIEL BARREDA VALENZUELA
MAGISTRADO VOCAL DECIMO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
MAGISTRADO VOCAL DECIMO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
NAPOLEÓN GUTIERREZ VARGAS
MAGISTRADO VOCAL UNDÉCIMO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
GERARDO ALBERTO HURTADO FLORES
MAGISTRADO VOCAL DUODECIMO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
HILARIO RODERICO PINEDA SANCHEZ
MAGISTRADO VOCAL TERCERO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
MAGISTRADO VOCAL TERCERO
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
AUGUSTO ELEAZAR LÓPEZ RODRÍGUEZ
MAGISTRADO
MAGISTRADO
YOLANDA AUXILIADORA PEREZ RUIZ
MAGISTRADO
MAGISTRADO
DR. VICTOR MANUEL
RIVERA WOLTKE
SECRETARIO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARIO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No hay comentarios:
Publicar un comentario